La crisis económica, la subida de los tipos de interés, el paro y las dificultades económicas para hacer frente a las cuotas de los préstamos adquiridos hacen pensar a muchas familias endeudadas que pueden estar soportando una carga financiera desorbitada para sus posibilidades actuales.
Frente a esta carga se analizan las deudas contraídas con sumo detalle y se observa en algunos casos que dichas deudas se ven directamente señaladas por un concepto legal usura. Pero para analizar este concepto deberemos explicar qué es la usura, cómo se valora y qué repercusiones legales tiene.
Resumen de la guía
¿Que es la usura?
Normalmente asociamos comúnmente a la usura como el “interés excesivo en un préstamo”. En la actualidad existe una ley que regula los aspectos de la usura, la Ley Azcárate, de 23 de julio de 1908, de represión de la usura.
Se sanciona por usura entre otras conductas “todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al valor actual del dinero”.
En España no hay una tasa oficial de usura a partir de la cual todo interés sea declarado usurario.
La Ley Azcárate de 23 de Julio de 1908 distingue tres categorías para la existencia de usura:
1) Cuando se estipule un interés notablemente superior al valor normal del dinero manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso.
2) Cuando el interés es leonino, por haber motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.
3) Cuando se suponga recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, y por el mero hecho de la discrepancia entre esas dos cantidades.
¿Es la usura un delito?
En España la usura no es un delito. Fue despenalizada por el Código penal de 1995, rompiendo el criterio penalizador recogido por el Código penal de 1928.
Una declaración de usura conlleva la nulidad del contrato, el prestatario queda obligado a entregar tan sólo la suma recibida. Si ya hubiera satisfecho parte de la suma recibida y los intereses vencidos, el prestamista deberá devolver al prestatario lo que exceda del capital prestado.
En materia de usura, los tribunales resuelven en cada caso formando libremente su convicción (según dispone el art. 19.4 de la Ley del crédito al consumo).
Este es el criterio seguido por muchas Audiencias Provinciales. Ante la ausencia en la Ley Azcárate de una tasa que determine automáticamente la existencia de usura, la ley del crédito al consumo “nos estaría dando una referencia legal y útil a efectos prácticos según que los créditos se alejen en más o menos a esas 2,5 veces”.
¿Puede declararse un crédito concedido a una empresa como usura?
La Ley Azcárate no limita la protección exclusivamente a los consumidores particulares, es una medida de protección para la totalidad del mercado financiero, que tutela los intereses de quienes contratan préstamos bancarios, sean o no consumidores.
¿Qué operaciones se pueden declarar como usura?
La sanción a la usura se aplica a toda operación equivalente a un préstamo de dinero, cualesquiera que sean la forma del contrato y la garantía que para su cumplimiento se haya ofrecido.
Se podrá sancionar por usura una línea de crédito, un descuento o cualquier operación de crédito en la que el interés resulte desproporcionado.
A todo usurero que le hayan anulado tres o más contratos de préstamos, se le impondrá como corrección disciplinaria en forma de multa, según la gravedad del abuso y al grado de reincidencia.
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