Glosario · Finanzas personales

Hipoteca inversa

La hipoteca inversa es un producto financiero para mayores de 65 años (o con dependencia severa) con vivienda en propiedad que permite obtener liquidez (en renta mensual vitalicia o disposición única) con cargo al valor de la vivienda, sin venderla ni perderla en vida. A la muerte del titular, los herederos reciben la vivienda con una deuda equivalente al capital recibido más intereses acumulados.

Actualizado · Revisado por Ignacio Peralta

Cómo funciona la hipoteca inversa

La hipoteca inversa es una operación que invierte la lógica habitual de una hipoteca: en lugar de que el propietario pague al banco para adquirir un inmueble, el banco paga al propietario a cambio de una garantía sobre la vivienda que ya posee. La deuda se acumula en lugar de amortizarse y se salda al fallecimiento del titular con el valor del inmueble.

El marco legal es la Ley 41/2007 de regulación del mercado hipotecario y las especificidades fiscales están en el IRPF y en el Impuesto sobre Sucesiones.

Requisitos del titular

  • Edad: 65 años cumplidos al firmar (algunas entidades 70 años). Titulares con dependencia severa o gran dependencia reconocida pueden firmar desde edades inferiores.
  • Vivienda: propia, en España, que sea la vivienda habitual (en algunas entidades se admite segunda vivienda).
  • Valor: tasación mínima suficiente para que el producto sea operativo, habitualmente 100.000-150.000 € mínimo.
  • Sin hipoteca previa: o con hipoteca prácticamente cancelada que se cancela como parte de la operación.

Modalidades de pago

1. Renta mensual vitalicia

El banco paga al titular una renta mensual constante hasta el fallecimiento. Es la modalidad más usada porque completa pensiones bajas. Coste: el banco ajusta la renta a la esperanza de vida del titular; si vive más de lo previsto, sigue cobrando pero la deuda crece.

2. Renta temporal

Paga una renta durante un número fijo de años (habitualmente 10, 15 o 20). Tras ese plazo, cesan los pagos pero la deuda sigue acumulando intereses hasta el fallecimiento. Útil para cubrir un periodo específico (gastos de cuidador durante la ancianidad media).

3. Disposición única

Un único pago al inicio de la operación por el importe acordado. Menos popular porque pierde la lógica de complemento de pensión. Se usa para gastos puntuales (reformas de accesibilidad, pagos familiares grandes, cancelación de otras deudas).

4. Modalidad mixta

Combinación de disposición única al inicio + renta mensual posterior.

Cuánto se recibe: ejemplo numérico

Vivienda tasada en 300.000 € en Madrid, propietario de 75 años, tipo de mercado 5,5 % TIN acumulativo:

Modalidad Importe / renta
Renta mensual vitalicia ~1.100 €/mes
Renta temporal 15 años ~1.550 €/mes durante 15 años
Disposición única ~100.000 €
Mixta: 50.000 € + renta 50.000 € + ~800 €/mes

Todas las cifras son netas para el titular. La deuda se capitaliza al 5,5 % anual sobre el saldo acumulado.

Evolución de la deuda

La deuda crece exponencialmente por capitalización de intereses. Ejemplo: renta de 1.100 €/mes durante 20 años (titular de 75 que fallece a los 95):

Año Capital recibido acumulado Deuda con intereses (TIN 5,5 %)
5 66.000 € ~77.000 €
10 132.000 € ~175.000 €
15 198.000 € ~305.000 €
20 264.000 € ~485.000 €

Si la vivienda se revaloriza al 2 % anual en 20 años, pasa de 300.000 € a ~445.000 €. La deuda final (~485.000 €) supera el valor — pero los herederos no responden con otros bienes: la hipoteca inversa es sin recurso. La entidad asume la diferencia.

Qué heredan los hijos

Al fallecer el titular, la vivienda entra en la herencia como cualquier otro bien, pero con la carga hipotecaria inscrita. Los herederos tienen tres opciones:

Opción A. Cancelar y conservar

Pagan al banco el capital pendiente + intereses acumulados con recursos propios y se quedan con la vivienda libre. Económicamente sólo tiene sentido si la vivienda vale significativamente más que la deuda.

Opción B. Vender y liquidar

Venden la vivienda en el mercado, pagan al banco la deuda con lo obtenido y se quedan con el remanente. Es la opción más frecuente.

Opción C. No hacer nada

Si la deuda iguala o supera el valor de la vivienda, los herederos pueden no hacer nada y permitir que el banco ejecute. La ejecución cancela la deuda; los herederos no aportan nada ni pierden patrimonio personal.

La entidad debe concederles un plazo razonable para decidir, habitualmente 6-12 meses desde el fallecimiento.

Fiscalidad

  • Para el titular: la renta mensual no tributa como renta en IRPF (es devolución de capital propio, no ingreso). Fiscalmente neutra.
  • Para los herederos: si heredan la vivienda, tributan por Impuesto sobre Sucesiones sobre el valor neto (valor vivienda - deuda pendiente). Si venden, no hay ganancia patrimonial porque el valor fiscal de adquisición es el de herencia.
  • AJD: la formalización de la hipoteca inversa está exenta de AJD en la modalidad documento notarial.

Cuándo tiene sentido

La hipoteca inversa encaja en perfiles muy concretos:

✓ Pensionista con vivienda en propiedad libre de cargas y pensión insuficiente para gastos de dependencia.

✓ Sin herederos directos o con herederos ya asentados económicamente que no dependen de la herencia.

✓ Vivienda en zona de mercado estable o al alza (revalorización futura probable).

✓ Necesidad de liquidez puntual grande (adaptación vivienda, cuidador) sin alternativas financieras.

Cuándo no tiene sentido

✗ Perfil con pensión suficiente y sin necesidad urgente de liquidez — el coste acumulado es alto.

✗ Herederos que dependen de la herencia de la vivienda para su proyecto vital.

✗ Vivienda en mercado a la baja: el margen para los herederos se comprime rápidamente.

✗ Titular con expectativa de vida alta (80+ años a los 70): la deuda acumulada crece mucho.

Alternativas a considerar

  • Venta de nuda propiedad con reserva de usufructo vitalicio. Pagos más altos al inicio pero pérdida de titularidad.
  • Préstamo personal si el importe necesario es puntual y manejable.
  • Préstamo con garantía hipotecaria si se mantiene la renta suficiente para pagar cuota (no aplicable si la pensión es muy baja).
  • Alquiler de habitación o venta con alquiler posterior.

Ver la guía editorial de préstamos para pensionistas que desarrolla la comparativa entre hipoteca inversa y alternativas financieras.

Relación con otras figuras

  • LTV: la hipoteca inversa es una de las operaciones con LTV más conservador al inicio (25-55 %).
  • Nuda propiedad: concepto clave en la comparación con alternativas de venta.
  • Vivienda habitual: objeto habitual de la hipoteca inversa con protecciones fiscales específicas.
  • Hipoteca mobiliaria: no aplica aquí pero existe como figura similar para bienes muebles.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero voy a recibir realmente con una hipoteca inversa?
Depende del valor de tasación de la vivienda y de la edad del titular (a mayor edad, mayor importe mensual). Rangos orientativos 2026 sobre vivienda tasada en 300.000 €: titular de 70 años, renta mensual vitalicia de 700-900 €/mes; titular de 80 años, 1.200-1.500 €/mes; disposición única, 25-40 % del valor de tasación (75.000-120.000 €). Los importes son más altos a más edad porque la esperanza de vida (y por tanto los años de renta a pagar) es menor.
¿Qué pasa con mi vivienda cuando fallezca?
La vivienda pasa a los herederos, como cualquier otra herencia, pero con una deuda inscrita en el Registro de la Propiedad igual al capital recibido más intereses acumulados. Los herederos tienen tres opciones en el plazo que fije el contrato (habitualmente 6-12 meses): (a) cancelar la deuda con recursos propios y conservar la vivienda libre de cargas; (b) vender la vivienda, pagar la deuda con lo obtenido y quedarse con el remanente; (c) no hacer nada y permitir que la entidad ejecute la hipoteca. La deuda nunca supera el valor de la vivienda: es sin recurso contra otros bienes del heredero.
¿Cuánto ha crecido la deuda cuando fallece el titular?
La deuda acumulativa crece a un TIN habitual del 5-7 % anual. Sobre una renta mensual de 1.000 € durante 15 años, el capital total recibido es de 180.000 € pero la deuda acumulada puede superar los 300.000 € por capitalización de intereses. Si el valor de la vivienda ha crecido a ritmo similar, el remanente a los herederos existe; si el mercado ha caído o se ha estancado, la deuda puede igualar o superar el valor de tasación al fallecimiento (en cuyo caso no hay nada para heredar, pero tampoco deuda adicional para los herederos).
¿Conservo la propiedad y el uso de mi casa con una hipoteca inversa?
Sí, íntegramente. La hipoteca inversa es una carga sobre la vivienda, no una venta. Sigues siendo propietario pleno, puedes vivir en ella hasta tu fallecimiento, puedes alquilar habitaciones (con autorización del banco) y heredarla a quien quieras — con la deuda asociada. La diferencia con una venta de nuda propiedad (donde transmites la titularidad conservando sólo el usufructo) es crítica: en la hipoteca inversa mantienes la titularidad.

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