Delito de impago: ¿pueden llevarme a juicio por una deuda?

El impago de deudas es una situación que puede generar mucha preocupación en quienes atraviesan dificultades económicas. En España, la duda sobre si el impago puede considerarse un delito y si puede llevarte a juicio es frecuente y justificada. La realidad es que, aunque deber dinero no es agradable, no siempre supone consecuencias penales, pero sí puede acarrear graves problemas civiles y patrimoniales.

En este artículo te explicamos en profundidad cuándo el impago de una deuda puede tener repercusiones penales, qué ocurre en un proceso judicial por impago y qué alternativas y derechos tienes como deudor. También abordaremos ejemplos prácticos y consejos para afrontar una situación de deuda, así como las diferencias entre el procedimiento civil y el penal.

Delito de impago: ¿pueden llevarme a juicio por una deuda?

¿Cuándo el impago de una deuda es delito y cuándo no?

Por norma general, deber dinero no es un delito en sí mismo. La legislación española diferencia claramente entre el impago civil y el impago penal. La inmensa mayoría de los casos de impago (créditos, préstamos personales, tarjetas, facturas, cuotas de alquiler, etc.) se tramitan por la vía civil y no por la penal.

El impago solo puede considerarse delito en ciertos supuestos muy concretos, como:

  • Apropiación indebida: Cuando una persona recibe un dinero o bien para un fin concreto y no lo destina a ese propósito ni lo devuelve.
  • Alzamiento de bienes: Si, antes o durante el proceso de reclamación, el deudor oculta, vende o traspasa sus bienes para evitar pagar la deuda.
  • Estafa: Si se demuestra que el deudor nunca tuvo intención de pagar o utilizó engaño para obtener el crédito o el bien.
  • Impago de pensiones alimenticias: En este caso, sí hay tipificación penal (artículo 227 del Código Penal).

En el resto de los casos, como el impago de un préstamo personal, una hipoteca o una factura, la reclamación será civil. El acreedor podrá demandar al deudor en un juzgado civil para exigir el pago, pero en ningún caso se considerará delito ni se impondrán penas de prisión.

Para profundizar sobre cómo actúan los bancos y los prestamistas en casos de impago, puedes consultar nuestro artículo Cómo actúa el Banco de España ante abusos en préstamos.

¿Puede llevarme a juicio un acreedor por una deuda?

El acreedor tiene derecho a reclamar judicialmente el pago de una deuda si no se satisface en el plazo acordado. Este proceso se inicia ante la jurisdicción civil, no la penal, y puede derivar en consecuencias graves para el patrimonio del deudor.

¿Cómo es el procedimiento civil por impago?

El proceso típico de reclamación de deuda civil suele seguir estos pasos:

  • Reclamación extrajudicial: El acreedor contacta contigo para solicitar el pago voluntario.
  • Demanda judicial: Si no hay acuerdo, puede presentar una demanda (procedimiento monitorio, verbal u ordinario, según la cuantía y el tipo de deuda).
  • Sentencia o resolución: Si el juez da la razón al acreedor y el deudor sigue sin pagar, se puede iniciar la ejecución de la sentencia.
  • Embargo de bienes: Se pueden embargar cuentas, nóminas, propiedades y otros activos hasta cubrir la deuda.

En ningún momento, por sí solo, el impago conlleva la entrada en prisión. El objetivo del proceso es recuperar el dinero o el bien debido, nunca castigar penalmente al deudor.

Si tienes dudas sobre cómo se tramitan estos procesos, en cómo evitar el sobreendeudamiento al pedir varios préstamos puedes encontrar consejos para no llegar a estas situaciones.

¿En qué casos el impago puede acabar en condena penal?

Como mencionamos antes, solo en supuestos de estafa, alzamiento de bienes o impago reiterado de pensiones alimenticias el impago puede acarrear consecuencias penales. En estos casos, sí podría haber una condena que incluya multas e incluso penas de cárcel, aunque suelen estar reservadas para las situaciones más graves y dolosas.

Por ejemplo, si ocultas intencionadamente tus bienes para evitar el embargo, podrías incurrir en un delito de alzamiento de bienes (artículo 257 del Código Penal), penado con prisión de uno a cuatro años y multa.

Consejos prácticos si tienes una deuda impagada

Si te enfrentas a una situación de impago, es fundamental actuar con responsabilidad y transparencia. Aquí tienes algunas pautas para gestionar la situación y minimizar las consecuencias negativas:

  • No ignores las reclamaciones: Contacta con el acreedor, negocia plazos o busca refinanciaciones.
  • Evita ocultar bienes: Intentar eludir el pago puede empeorar la situación y tener implicaciones legales más graves.
  • Busca asesoramiento profesional: Un abogado o asesor financiero puede ayudarte a conocer tus derechos y opciones.
  • Considera la Ley de Segunda Oportunidad: Si tu deuda es insostenible, podrías acogerte a este mecanismo para exonerar parte o la totalidad de las deudas si cumples los requisitos. Puedes saber más en nuestro artículo sobre la Ley de la Segunda Oportunidad y cómo puede ayudarte con tus deudas.
  • Solicita acuerdos de pago: Muchos acreedores prefieren llegar a acuerdos o aceptar quitas antes que iniciar largos y costosos procesos judiciales.

Recuerda que puedes consultar tu historial crediticio y tomar medidas para mejorarlo si has tenido impagos anteriores. Además, existen productos como los préstamos para consolidar deudas que pueden ser una buena alternativa en algunos casos.

Preguntas frecuentes sobre el delito de impago y juicios por deuda

¿Puedo ir a la cárcel por no pagar un préstamo o una factura?

No. El impago de un préstamo, factura o similar es una cuestión civil, no penal. Solo irías a la cárcel si cometieras un delito como estafa, alzamiento de bienes o impago de pensiones alimenticias, y siempre tras un proceso judicial penal.

¿Pueden embargarme el sueldo o la casa por una deuda?

Sí. Si tras un juicio civil no pagas voluntariamente, el juez puede ordenar el embargo de tu nómina, cuentas bancarias, vivienda u otros bienes hasta saldar la deuda.

¿Qué es el alzamiento de bienes?

Es un delito que consiste en ocultar, vender o traspasar tus bienes para impedir que el acreedor los embargue y así evitar el pago de la deuda. Está penado con prisión de 1 a 4 años.

¿Qué puedo hacer si no puedo pagar mis deudas?

Debes comunicarte con tus acreedores, negociar plazos o quitas, buscar asesoramiento profesional y, si la situación es insostenible, valorar la Ley de Segunda Oportunidad para cancelar parte de las deudas.

¿Cuándo prescribe una deuda?

Depende del tipo de deuda, pero en general las deudas personales prescriben a los 5 años desde el último requerimiento o reconocimiento de la deuda. Para deudas hipotecarias y otras, los plazos pueden variar.

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