Como usar la Ley Concursal para evitar la quiebra

[googlefont font=”Open Sans” size=”15px” margin=”0px 0 0px 0″]¿Sabes como usar la Ley Concursal para evitar la quiebra?

Aquí te explico como usar La Ley Concursal para evitar la quiebra, como “solución” legal, para que las empresas y los particulares puedan resolver este tipo de situaciones.

Es una declaración de insolvencia que permite paralizar embargos y el impago de tus deudas.[/googlefont]

Ley Concursal y un concurso de acreedores
Cuando una empresa entra un concurso de acreedores responde con todo su patrimonio

[googlefont font=”Open Sans” size=”30px” margin=”0px 0 0px 0″]Las consecuencias de acogerse a la Ley Concursal[/googlefont]

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Cuando alguien toma la complicada decisión de declararse como insolvente, esto nos traerá consigo ventajas y desventajas.

La ventajas de La Ley Concursal:

  • Se puede conseguir hasta cinco años de aplazamiento.

  • Se paralizan las demandas por impagos.

  • Se podrá negociar la deuda con la posibilidad de conseguir hasta un 50% de reducción.

  • Se paralizan la acumulación de intereses de los créditos impagados.

  • Se negocia el pago con los acreedores.

  • Se puede evitar el embargo sobre los bienes.

  • Si existieran cargas hipotecarias, acogerse a la Ley Concursal sería la mejor forma de proteger nuestros bienes.

Parece que las ventajas son interesantes, pero la realidad indica todo lo contrario.

Las desventajas de acogerse a un procedimiento concursal empiezan por los gastos, el coste judicial del procedimiento es bastante elevado, es una controversia que una alguien que no pueda pagar sus deudas tenga dinero para contratar a profesionales y pagar notarios en la tramitación de todos los documentos necesarios.

Pero más que desventajas los expertos en jurisprudencia indican, que el verdadero fracaso de esta Ley, en la mayoría de los casos, al iniciar un proceso de quiebra no se consiguen efectos positivos sobre una futura viabilidad empresarial.

Si te gustan los datos y la estadística en el año 2013 de los 5.049 procesos concursales solamente se aprobó el convenio en 402 casos, un espeluznante 7,5% si lo comparamos con otros países europeos como Alemania con un 20%.

Te cuento un secreto a voces, una de las principales causas por las que una empresa tiene complicado su salida airosa al proceso, es la dificultad que tiene una empresa para obtener financiación dentro de un concurso de acreedores.

En un proceso concursal la empresa se queda totalmente sola, a la deriva, bajo la atenta mirada del El Gran Hermano (el administrador concursal), este es el encargado de tutelar el proceso, pero lamentablemente si la empresa no tiene una alta capacidad de generar ingresos por sus propios medios el futuro será muy negro.[/googlefont]

[googlefont font=”Open Sans” size=”30px” margin=”0px 0 0px 0″]Fases dentro de un concurso de acreedores[/googlefont]

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Dentro de un concurso de acreedores existen tres fases.

1. Los Actos Previos:

En una primera fase se encuentran los actos previos, que se establecen hasta el auto de admisión a trámite del procedimiento.

  • Presupuestos de la declaración de concurso.

  • Procedimiento para la declaración de concurso.

2. La Fase Común:

Posteriormente se establece una fase común, que abarca desde que se ha admitido el auto hasta tramitar el informe concursal.

  • Se paraliza el devengo de intereses

  • Se paralizan las ejecuciones pendientes

  • Se impide malvender el patrimonio (un solo acreedor), es el objetivo de la Ley (no se pueden presentar nuevas demandas)

En esta fase se publica en los boletines oficiales tanto nacionales como de la Comunidad Autónoma (BOE y BORM).

Así mismo se comunica a los registros de la propiedad mercantil y al registro de resoluciones concursales.

Es en este momento cuando entra en escena el Administrador Concursal  nombrado por un Juez con unas funciones bien definidas:

  • Administrar determinados bienes ajenos o ejercer la función de asistencia o vigilancia en la gestión de dichos bienes.

  • Analizar la memoria

  • Verificar el estado contable.

  • Los acreedores

  • El inventario

  • Realizar un informe para comunicarle al Juez y a su vez para publicar el los boletines oficiales.

3. Fase de Resolución:

Y finalmente se resuelve en la fase de resolución, que es el convenio que determina la continuidad o la liquidación del titular del concurso.

Una vez finalizado el plazo anterior entre 4-5 meses, el Juez dentro de los 15 días siguientes dictará auto finalizando la Fase común, iniciando el convenio y convocando a la junta de acreedores para que sea aprobado en un plazo de tres meses.

En los siguientes 15 días hay que presentar la propuesta de convenio.

Para que el convenio sea aprobado tienen que votar el 50% del pasivo ordinario, dicho convenio propone el pago a los acreedores ordinarios al 50% con un plazo máximo de cinco años.

Si la propuesta es aceptada se somete al Juez para su aprobación. En este caso se prepara un plan de liquidación y se comunica a los acreedores y si estos están conformes este convenio será aprobado por el Juez de lo mercantil.

Como podeis observar el proceso es largo y duro, lleno de documentos, presentaciones, abogados y demás.

La única recomendación antes de iniciar el proceso es poder consultar con algún inversor privado la posibilidad de financiar a la empresa en el caso de existir algo de patrimonio disponible.

Cuando ya se ha iniciado el procedimiento concursal, el acceso al crédito estará cerrado en el 99% de los casos.

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Enlaces de interés:[/googlefont]

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l22-2003.html

http://es.wikipedia.org/wiki/Concurso_de_acreedores_%28Espa%C3%B1a%29

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