Necesitas liquidez para impuestos o gastos de la sucesión y te preguntas si puedes usar una herencia “en trámite” como aval. La respuesta corta: jurídicamente es posible garantizar un préstamo con derechos hereditarios, pero en la práctica los bancos casi nunca lo aceptan y, cuando se estructura, suele ser con capital privado y condiciones muy tasadas. Aquí te explico qué se puede hacer, qué no, cómo se documenta, números orientativos y riesgos.
- ¿Se puede usar una herencia sin adjudicar como aval?
- Aceptación, partición y adjudicación: por qué importan
- ¿Hipoteca de la cuota hereditaria? Teoría vs práctica
- Prenda/cesión de derechos hereditarios
- Qué aceptan bancos vs capital privado
- Bancos: esperar a la adjudicación
- Capital privado: estructuras puente
- Qué se puede garantizar en cada fase
- Requisitos y documentación que suelen pedir
- Pasos para estructurar la operación
- Calendario típico
- Números orientativos
- Caso 1: anticipo para impuestos
- Caso 2: liquidez mayor con garantía posterior
- Coste y LTV: qué esperar
- Riesgos y precauciones
- Alternativas si no es viable
- Cómo mejorar tus opciones (y pagar menos)
- Conclusión
Contenido informativo. No es asesoramiento legal ni financiero personalizado. Verifica siempre las condiciones con la entidad y tu notaría/asesor.

¿Se puede usar una herencia sin adjudicar como aval?
Depende de la fase en la que esté la herencia. Mientras no se haya hecho la partición y adjudicación, no existe un bien concreto a tu nombre que puedas hipotecar. Lo que sí existe es tu derecho hereditario sobre la herencia (una cuota ideal). Ese derecho puede ser objeto de cesión o de una garantía, pero su instrumentación es más compleja y menos aceptada por entidades estándar.
Aceptación, partición y adjudicación: por qué importan
Para entender qué se puede ofrecer en garantía, conviene diferenciar:
- Aceptación de la herencia: reconoces que eres heredero. Puedes aceptar pura y simplemente o beneficio de inventario (limita responsabilidad). Aún no hay bienes adjudicados.
- Partición: se inventaría y valora el caudal hereditario, se reparten lotes.
- Adjudicación e inscripción: cada heredero recibe bienes concretos y los inscribe en el Registro (si son inmuebles). Solo aquí podrás hipotecar un inmueble adjudicado.
¿Hipoteca de la cuota hereditaria? Teoría vs práctica
La cuota hereditaria es un derecho abstracto sobre el conjunto de bienes. En la práctica registral, no puedes hipotecar un inmueble concreto hasta que se te adjudique. Lo que algunos operadores ofrecen es una garantía sobre derechos hereditarios con obligaciones de formalizar hipoteca sobre los bienes adjudicados cuando sea posible. Esto suele exigirse en capital privado y con cláusulas resolutorias si no se completa la adjudicación.
Prenda/cesión de derechos hereditarios
Otra vía es la prenda o la cesión en garantía de tus derechos hereditarios. Se formaliza en escritura y, en su caso, puede pedirse una anotación preventiva en el Registro para oponibilidad a terceros. Aun así, su aceptación por entidades es limitada por el riesgo de litigios, deudas del causante y tiempos de la sucesión.
Qué aceptan bancos vs capital privado
Bancos: esperar a la adjudicación
Las entidades bancarias tradicionales suelen exigir que el bien esté adjudicado e inscrito a tu nombre para admitir hipoteca. Hasta ese momento, lo habitual es ofrecerte un préstamo personal (si cumples perfil) o esperar a la formalización de una hipoteca estándar sobre el inmueble heredado.

Si tu objetivo es pagar el impuesto de sucesiones o gastos iniciales, revisa opciones como un préstamo para pagar la herencia y el Impuesto de Sucesiones, con números y plazos orientativos.
Capital privado: estructuras puente
En el mercado de capital privado es más común estructurar financiación puente garantizada por derechos hereditarios, con compromiso de hipotecar el inmueble en cuanto se adjudique. Características habituales:
- Plazos: 6–18 meses (prorrogables si hay hitos claros).
- Importe: limitado por LTV (loan to value). Sobre valor estimado de la parte que recibirás, se suele prestar un 20–40% hasta adjudicación. Tras la hipoteca, podría ampliarse.
- Costes: TIN 10–16% anual en puente; comisiones de apertura 2–5%; gastos de notaría, registro, gestoría, tasación. La TAE efectiva puede ser significativamente mayor si el plazo es corto y hay comisiones.
Para calibrar gastos y documentos clave en operaciones con garantía, te servirá este checklist: documentación para un préstamo de capital privado con garantía.

Qué se puede garantizar en cada fase
| Fase de la herencia | Qué puedes ofrecer | Qué suelen aceptar |
|---|---|---|
| Antes de aceptar | Nada (incertidumbre total) | Prácticamente nada |
| Aceptada, sin partición | Prenda/cesión de derechos hereditarios | Capital privado muy selectivo |
| Partida, con cuaderno particional en borrador | Prenda de derechos + compromiso de hipoteca | Capital privado; bancos aún no |
| Adjudicada e inscrita | Hipoteca sobre el inmueble adjudicado | Bancos y capital privado |
Requisitos y documentación que suelen pedir
Prepara un expediente sólido. A mayor claridad, más opciones y mejor precio.
- Identidad y solvencia: DNI/NIE, estado civil, declaración de ingresos (nóminas, IRPF, vida laboral, o documentación de autónomo).
- Herencia: certificado de defunción, últimas voluntades, testamento (o declaración de herederos), inventario de bienes y deudas, valoraciones, borradores de cuaderno particional, aceptación (si la hay).
- Inmuebles: notas simples de los bienes, cargas, situación registral (cargas/anotaciones), y tasación si se dispone.
- Fiscalidad: cálculo del Impuesto de Sucesiones (plazo 6 meses, prorrogable), plusvalía municipal si aplica, y deudas del causante.
Pasos para estructurar la operación
- Mapear la herencia: inventario realista de bienes/cargas y reparto esperado.
- Definir el objetivo: ¿financiar impuestos, liquidar coherederos, obras/mejoras previas a venta, o liquidez general?
- Elegir estructura: préstamo puente sobre derechos (capital privado) con condición de hipoteca futura, o esperar y formalizar hipoteca tras adjudicación (banca).
- Tasación preliminar de inmuebles clave para estimar LTV e importes.
- Acuerdos entre herederos: cuanto más avanzado el cuaderno particional, mejor.
- Firma: escritura de prenda/cesión de derechos y condiciones de conversión en hipoteca cuando la adjudicación e inscripción estén listas.
Calendario típico
Ejemplo orientativo desde el fallecimiento:
- 0–2 meses: certificados y testamento; arranque de inventario.
- 2–4 meses: valoración de inmuebles; borrador de partición.
- Antes de 6 meses: liquidación del Impuesto de Sucesiones (o solicitud de prórroga).
- 6–10 meses: firma de partición y adjudicación; inscripción registral.
Si necesitas liquidez antes del mes 6 para impuestos, valora un puente bien estructurado. Repasa esta guía práctica para financiar el impuesto y gastos de herencia.
Números orientativos
Nota: cifras estimativas solo para ilustrar. La TAE real depende de TIN, comisiones, plazos y disposiciones.
Caso 1: anticipo para impuestos
Herencia con vivienda valorada en 180.000 € y tres herederos. Tu cuota esperada: 1/3 (60.000 €). Necesitas 7.500 € para impuestos y trámites.

- Puente 9 meses: 8.000 € a TIN 12% anual, apertura 3% (240 €), notaría/gestoría 350 €. Intereses aprox. 720 € (9 meses). Coste total aprox. 1.310 €; TAE estimada 20–25%.
- Alternativa: préstamo personal bancario 8.000 € al 8% TIN, 12 meses, apertura 1% (80 €). Cuota aprox. 694 €/mes; coste total aprox. 420 €; TAE 9–10%.
Si puedes acceder a personal bancario, suele ser más barato. Si no, el puente es una vía para cumplir plazos fiscales.
Caso 2: liquidez mayor con garantía posterior
Mismo ejemplo, pero necesitas 20.000 € para liquidar a un coheredero y quedarte el piso. Capital privado presta 20.000 € a 12 meses, TIN 14%, apertura 4% (800 €). Intereses aprox. 2.800 €. Gastos 600 €. Total coste aprox. 4.200 €. Al adjudicar e inscribir, convertir a hipoteca a 10 años al 6% TIN, amortizando el puente.
Coste y LTV: qué esperar
| Escenario | LTV habitual | Costes orientativos |
|---|---|---|
| Puente sobre derechos hereditarios | 20–40% del valor de tu cuota | TIN 10–16%; apertura 2–5%; gastos notariales y registrales |
| Hipoteca tras adjudicación | 50–70% del valor del inmueble (según perfil) | Tipos bancarios del mercado; tasación, notaría y registro estándar |
Riesgos y precauciones
- Coherederos: pueden oponerse a la partición o impugnar valores; evita firmar garantías sin un acuerdo de reparto muy maduro.
- Deudas del causante: reducen el caudal; si aceptas pura y simplemente, respondes con tu patrimonio. El beneficio de inventario limita el riesgo, pero complica tiempos.
- Plazos fiscales: el Impuesto de Sucesiones vence en 6 meses; el retraso genera recargos e intereses.
- Cargas y anotaciones: verifica siempre la situación registral y las prioridades de carga; una primera carga previa puede limitar o encarecer la operación.
- Coste financiero: los puentes son caros; calcula la TAE total, no solo el TIN.
Alternativas si no es viable
- Préstamo personal con avalista: más accesible que un aval sobre derechos hereditarios, y sin hipoteca. Revisa pros y contras del avalista en nuestra guía de préstamo personal con avalista.
- Garantías muebles puente: si tienes vehículo libre, una prenda sin desplazamiento puede cubrir una necesidad temporal; aquí tienes cómo funciona la prenda en vehículos y su documentación.
- Esperar a adjudicar e hipotecar: si puedes demorar gastos mayores, es la opción más barata. Aprende cómo tasan tu vivienda para planificar.
- Proindiviso: si la vivienda ya está en proindiviso entre coherederos, repasa este análisis sobre usar un inmueble en proindiviso como aval.
Cómo mejorar tus opciones (y pagar menos)
- Avanza el cuaderno particional y deja constancia documental del reparto previsto.
- Solicita tasación independiente del inmueble clave para fijar un LTV sensato.
- Reduce la incertidumbre registral: levanta cargas si es posible; aporta notas simples recientes.
- Presenta un expediente ordenado: ahorra idas y vueltas y te da poder negociador; guía práctica de documentación.
- Negocia comisiones y penalizaciones; pide hoja de TAE y coste total por escrito.
Conclusión
Usar una herencia sin adjudicar como aval es excepcional en banca y posible en capital privado bien estructurado, con límites y costes de puente. Si tu necesidad es puntual (impuestos, gastos) y tienes buen perfil, valora alternativas personales más baratas. Si el objetivo es quedarte un bien y refinanciar después, planifica los hitos (partición, adjudicación, inscripción) y firma condiciones claras de conversión a hipoteca.
Contenido informativo. Consulte condiciones actualizadas con la entidad y su notaría/asesor antes de firmar.
