Glosario · Finanzas personales

TAE

La TAE (Tasa Anual Equivalente) es un indicador homogéneo del coste real de un préstamo que incluye el tipo nominal (TIN) más todas las comisiones y gastos obligatorios vinculados. Es la cifra legalmente obligada para comparar ofertas entre entidades. Regulada por la Ley 5/2019 para hipotecas y la Ley 16/2011 para créditos al consumo. Comparar préstamos por TAE es honesto; por TIN es engañoso.

Actualizado · Revisado por Ignacio Peralta

Por qué existe la TAE

La TAE nace de una necesidad regulatoria clara: comparar préstamos entre entidades es imposible si sólo se mira el TIN, porque las comisiones, los productos vinculados y la periodicidad de pago cambian el coste real sin cambiar el tipo nominal.

Antes de la armonización europea, cada banco anunciaba su TIN y escondía el coste real en letra pequeña. La Directiva 87/102/CEE, después Directiva 2008/48/CE (consumo) y Directiva 2014/17/UE (hipotecario), impusieron la TAE como indicador obligatorio y homogéneo en toda la UE. En España se transpone en:

  • Ley 5/2019 reguladora de contratos de crédito inmobiliario (hipotecas).
  • Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo (personales y tarjetas).

Qué incluye exactamente la TAE

La fórmula legal (Anexo II de la Ley 5/2019) calcula la TAE resolviendo la ecuación que iguala el capital recibido con la suma de pagos actualizados. El cálculo práctico incorpora:

Elementos que SÍ entran

  • TIN aplicado al capital pendiente.
  • Comisión de apertura.
  • Comisión de estudio (si existe).
  • Gastos de formalización a cargo del cliente: notaría, registro, gestoría (proporcionales).
  • Seguros vinculados obligatorios: hogar y vida cuando son obligatorios para obtener el préstamo.
  • Tarjetas o productos obligatorios para mantener el tipo bonificado.
  • Periodicidad de los pagos (mensual, trimestral).

Elementos que NO entran

  • Impuestos (AJD en hipotecas — lo paga el banco desde RDL 17/2018, pero en su caso tampoco entraría como coste del consumidor).
  • Tasación si la paga el cliente directamente a tasadora independiente.
  • Seguros NO obligatorios aunque estén bonificados con condiciones preferentes.
  • Gastos voluntarios (asesoramiento adicional, gestoría alternativa).
  • Coste de los productos contingentes (por ejemplo, comisión de amortización anticipada si no se va a usar).

Ejemplo de cálculo TIN vs TAE

Hipoteca 150.000 € a 25 años:

Coste Importe
TIN 3,00 %
Comisión apertura 1 % = 1.500 € (se financia en cuota)
Seguro hogar vinculado 250 €/año
Seguro vida vinculado 350 €/año
Cálculo TAE 3,62 %

La TAE de 3,62 % refleja el coste total real; el TIN de 3 % sólo es la parte nominal. Un segundo préstamo con TIN 3,25 % pero sin productos vinculados y 0 % comisión de apertura daría TAE ~3,38 %: mejor oferta pese al TIN aparentemente superior.

Ejemplo de comparación real

Dos préstamos hipotecarios de 200.000 € a 25 años:

Oferta A Oferta B
TIN 2,95 % 3,30 %
Comisión apertura 1,5 % = 3.000 € 0 %
Seguros vinculados obligatorios 680 €/año 0 € (no vinculados)
Tarjeta obligatoria Sí (coste 40 €/año) No
TAE 3,75 % 3,42 %

Aunque el TIN de la oferta A parece mejor, su TAE es peor por los productos vinculados. La oferta B es 0,33 puntos más barata anualmente, lo que sobre un préstamo de 200.000 € a 25 años supone aproximadamente 8.250 € menos de coste total.

TAE en diferentes productos

Hipotecas

TAE habituales en 2026: 3-4 % en fija, Euríbor + 0,6-1,2 % en variable (lo que implica TAE variable en torno a 3,3-4,5 % según Euríbor del momento).

Préstamos personales

TAE habituales: 5-10 % en banca para perfiles sólidos. 8-15 % en financieras de consumo. 15-25 % en capital privado para perfiles difíciles.

Tarjetas de crédito

TIN de revolving habitual: 18-22 %. TAE real tras comisiones: 24-30 % y con productos tradicionales de tarjetas revolving ha llegado a 40 %+. La STS 149/2020 declaró usurarias las revolving con TAE notablemente superior al tipo medio del mercado.

Microcréditos online

TAE habituales altas: 100-500 % o más para préstamos cortos de 30-60 días. Reclamables como usurarios con facilidad.

La TAE variable: escenarios ilustrativos

En hipotecas a tipo variable, la TAE se calcula para el primer año con el Euríbor vigente en la fecha de oferta. El banco debe mostrar en la oferta vinculante escenarios de variación: qué pasaría si el Euríbor sube 1 punto, 2 puntos, etc.

Ejemplo FEIN: hipoteca variable a 25 años, Euríbor + 0,75 %:

Escenario Euríbor TIN aplicado TAE implícita
2,0 % 2,75 % 3,02 %
3,0 % (escenario central) 3,75 % 4,08 %
4,0 % 4,75 % 5,13 %

La TAE “para comparar” es la del escenario central en la fecha de firma, pero el usuario debe entender que la TAE real variará con el Euríbor durante la vida del préstamo.

Banderas rojas al comparar TAE

TAE significativamente por encima del mercado para el perfil y producto.

Diferencia TAE–TIN > 0,7 puntos: comisiones o productos vinculados caros.

Imposibilidad de obtener TAE por escrito antes de firmar: el banco tiene obligación legal de entregar TAE en la oferta vinculante.

TAE calculada sólo con el “escenario optimista” y no con los centrales: maniobra para parecer mejor de lo que es.

Productos vinculados no detallados en el cálculo de la TAE: pueden estar subestimando el coste real.

Relación con otras figuras

  • TIN: componente base de la TAE.
  • Cuadro francés: sistema sobre el que se calcula la cuota que la TAE traduce en coste anual.
  • Oferta vinculante: documento donde la TAE debe aparecer obligatoriamente.
  • TER: equivalente de la TAE en fondos de inversión (sólo comisiones, sin capital).
  • Comisión de apertura: uno de los componentes que más hincha la TAE sobre el TIN.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia exacta hay entre TAE y TIN?
El TIN (Tipo de Interés Nominal) es el porcentaje que cobra el banco sobre el capital prestado, sin incluir nada más. La TAE suma al TIN todas las comisiones (apertura, estudio, mantenimiento si aplica), los gastos obligatorios vinculados (seguros obligatorios, aperturas de cuenta necesarias) y refleja el efecto de la periodicidad de pago. Por eso la TAE siempre es mayor o igual al TIN; si son iguales, el préstamo no tiene coste adicional al TIN, lo cual es raro.
¿Qué comisiones y productos obligatorios entran en la TAE?
Sí entran: comisión de apertura, comisión de estudio si existe, gastos de formalización sufragados por el cliente, seguros obligatorios vinculados (hogar y vida en hipotecas), tarjetas obligatorias, planes de pensiones exigidos. No entran: gastos notariales opcionales, impuestos (AJD), gastos de tasación pagados por el cliente a tasadora independiente, seguros no obligatorios aunque bonificados. La Ley 5/2019 detalla el cálculo exacto en su Anexo II.
¿Una TAE superior al TIN significa que el banco me está engañando?
No necesariamente. Todas las TAE son superiores al TIN por definición cuando hay comisiones u otros costes asociados. Lo que sí es bandera roja es una TAE notablemente superior al TIN (más de 0,7 puntos por encima): indica comisiones altas o productos vinculados caros. Por ejemplo, TIN 3 % con TAE 4,2 % revela 1,2 puntos de coste adicional, probablemente por seguros vinculados o comisión de apertura alta. Exige desglose.
¿Cuál se compara para elegir entre dos préstamos?
Siempre TAE, y con las mismas características (plazo, importe, modalidad). Dos préstamos hipotecarios de 150.000 € a 25 años a tipo fijo: el de TAE 3,45 % es siempre mejor que el de TAE 3,80 %, aunque uno tenga TIN 2,95 % (con comisiones altas) y el otro 3,45 % (sin comisiones). La TAE neutraliza las diferencias. Cuidado sólo con comparaciones heterogéneas: TAE de préstamo a 10 años no compara directamente con TAE de préstamo a 25 años.

← Volver al glosario completo