Glosario · Finanzas personales
TAE
La TAE (Tasa Anual Equivalente) es un indicador homogéneo del coste real de un préstamo que incluye el tipo nominal (TIN) más todas las comisiones y gastos obligatorios vinculados. Es la cifra legalmente obligada para comparar ofertas entre entidades. Regulada por la Ley 5/2019 para hipotecas y la Ley 16/2011 para créditos al consumo. Comparar préstamos por TAE es honesto; por TIN es engañoso.
Por qué existe la TAE
La TAE nace de una necesidad regulatoria clara: comparar préstamos entre entidades es imposible si sólo se mira el TIN, porque las comisiones, los productos vinculados y la periodicidad de pago cambian el coste real sin cambiar el tipo nominal.
Antes de la armonización europea, cada banco anunciaba su TIN y escondía el coste real en letra pequeña. La Directiva 87/102/CEE, después Directiva 2008/48/CE (consumo) y Directiva 2014/17/UE (hipotecario), impusieron la TAE como indicador obligatorio y homogéneo en toda la UE. En España se transpone en:
- Ley 5/2019 reguladora de contratos de crédito inmobiliario (hipotecas).
- Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo (personales y tarjetas).
Qué incluye exactamente la TAE
La fórmula legal (Anexo II de la Ley 5/2019) calcula la TAE resolviendo la ecuación que iguala el capital recibido con la suma de pagos actualizados. El cálculo práctico incorpora:
Elementos que SÍ entran
- TIN aplicado al capital pendiente.
- Comisión de apertura.
- Comisión de estudio (si existe).
- Gastos de formalización a cargo del cliente: notaría, registro, gestoría (proporcionales).
- Seguros vinculados obligatorios: hogar y vida cuando son obligatorios para obtener el préstamo.
- Tarjetas o productos obligatorios para mantener el tipo bonificado.
- Periodicidad de los pagos (mensual, trimestral).
Elementos que NO entran
- Impuestos (AJD en hipotecas — lo paga el banco desde RDL 17/2018, pero en su caso tampoco entraría como coste del consumidor).
- Tasación si la paga el cliente directamente a tasadora independiente.
- Seguros NO obligatorios aunque estén bonificados con condiciones preferentes.
- Gastos voluntarios (asesoramiento adicional, gestoría alternativa).
- Coste de los productos contingentes (por ejemplo, comisión de amortización anticipada si no se va a usar).
Ejemplo de cálculo TIN vs TAE
Hipoteca 150.000 € a 25 años:
| Coste | Importe |
|---|---|
| TIN | 3,00 % |
| Comisión apertura | 1 % = 1.500 € (se financia en cuota) |
| Seguro hogar vinculado | 250 €/año |
| Seguro vida vinculado | 350 €/año |
| Cálculo TAE | 3,62 % |
La TAE de 3,62 % refleja el coste total real; el TIN de 3 % sólo es la parte nominal. Un segundo préstamo con TIN 3,25 % pero sin productos vinculados y 0 % comisión de apertura daría TAE ~3,38 %: mejor oferta pese al TIN aparentemente superior.
Ejemplo de comparación real
Dos préstamos hipotecarios de 200.000 € a 25 años:
| Oferta A | Oferta B | |
|---|---|---|
| TIN | 2,95 % | 3,30 % |
| Comisión apertura | 1,5 % = 3.000 € | 0 % |
| Seguros vinculados obligatorios | 680 €/año | 0 € (no vinculados) |
| Tarjeta obligatoria | Sí (coste 40 €/año) | No |
| TAE | 3,75 % | 3,42 % |
Aunque el TIN de la oferta A parece mejor, su TAE es peor por los productos vinculados. La oferta B es 0,33 puntos más barata anualmente, lo que sobre un préstamo de 200.000 € a 25 años supone aproximadamente 8.250 € menos de coste total.
TAE en diferentes productos
Hipotecas
TAE habituales en 2026: 3-4 % en fija, Euríbor + 0,6-1,2 % en variable (lo que implica TAE variable en torno a 3,3-4,5 % según Euríbor del momento).
Préstamos personales
TAE habituales: 5-10 % en banca para perfiles sólidos. 8-15 % en financieras de consumo. 15-25 % en capital privado para perfiles difíciles.
Tarjetas de crédito
TIN de revolving habitual: 18-22 %. TAE real tras comisiones: 24-30 % y con productos tradicionales de tarjetas revolving ha llegado a 40 %+. La STS 149/2020 declaró usurarias las revolving con TAE notablemente superior al tipo medio del mercado.
Microcréditos online
TAE habituales altas: 100-500 % o más para préstamos cortos de 30-60 días. Reclamables como usurarios con facilidad.
La TAE variable: escenarios ilustrativos
En hipotecas a tipo variable, la TAE se calcula para el primer año con el Euríbor vigente en la fecha de oferta. El banco debe mostrar en la oferta vinculante escenarios de variación: qué pasaría si el Euríbor sube 1 punto, 2 puntos, etc.
Ejemplo FEIN: hipoteca variable a 25 años, Euríbor + 0,75 %:
| Escenario Euríbor | TIN aplicado | TAE implícita |
|---|---|---|
| 2,0 % | 2,75 % | 3,02 % |
| 3,0 % (escenario central) | 3,75 % | 4,08 % |
| 4,0 % | 4,75 % | 5,13 % |
La TAE “para comparar” es la del escenario central en la fecha de firma, pero el usuario debe entender que la TAE real variará con el Euríbor durante la vida del préstamo.
Banderas rojas al comparar TAE
� TAE significativamente por encima del mercado para el perfil y producto.
� Diferencia TAE–TIN > 0,7 puntos: comisiones o productos vinculados caros.
� Imposibilidad de obtener TAE por escrito antes de firmar: el banco tiene obligación legal de entregar TAE en la oferta vinculante.
� TAE calculada sólo con el “escenario optimista” y no con los centrales: maniobra para parecer mejor de lo que es.
� Productos vinculados no detallados en el cálculo de la TAE: pueden estar subestimando el coste real.
Relación con otras figuras
- TIN: componente base de la TAE.
- Cuadro francés: sistema sobre el que se calcula la cuota que la TAE traduce en coste anual.
- Oferta vinculante: documento donde la TAE debe aparecer obligatoriamente.
- TER: equivalente de la TAE en fondos de inversión (sólo comisiones, sin capital).
- Comisión de apertura: uno de los componentes que más hincha la TAE sobre el TIN.