El fallecimiento de un avalista plantea dudas urgentes: ¿sigue vigente el aval?, ¿responden los herederos?, ¿puede el banco exigirte un nuevo garante?, ¿cómo protegerte si eres prestatario o heredero? En esta guía práctica respondemos con rigor y ejemplos sencillos, diferenciando escenarios y ofreciéndote pasos claros para actuar.
- Lo esencial en 30 segundos
- Recordatorio: qué es un avalista y qué ocurre al morir
- Formas de aceptar la herencia y su impacto
- Tipo de aval y consecuencias al fallecer
- Si eres el prestatario y fallece tu avalista: qué hacer
- Si eres heredero del avalista: checklist y decisiones
- Casos prácticos con números
- 1) Aval solidario sin límite
- 2) Aval limitado a 5.000 €
- 3) Aval mancomunado al 50 % con otro avalista
- Riesgos y trampas habituales
- Cómo prevenirlo antes de firmar (para deudores y futuros avalistas)
- ¿Puede el banco exigirte sustituir al avalista fallecido?
- Conclusión
Contenido informativo. Consulta condiciones actualizadas con tu entidad o con un profesional antes de tomar decisiones.

Lo esencial en 30 segundos
- El aval no se extingue por fallecimiento del avalista: su obligación se transmite a la herencia.
- Los herederos responden del aval según cómo acepten la herencia: pura y simple (con su propio patrimonio), beneficio de inventario (limitado al valor de la herencia) o repudiación (no asumen la deuda).
- Si el aval era solidario, el banco puede reclamar directamente a la herencia (y a cada heredero según aceptación). Si era mancomunado, sólo por la parte de aval asumida. Si era limitado, la responsabilidad se acota a ese tope.
- Si eres prestatario, conviene comunicar el fallecimiento a la entidad y negociar una sustitución o liberación de aval, o ajustar el riesgo del préstamo.
- Como heredero, antes de firmar nada, reúne documentación, valora la herencia y decide la forma de aceptación. Negocia límites si el aval no estaba objetivado.
Recordatorio: qué es un avalista y qué ocurre al morir
El avalista es quien garantiza el pago del préstamo si el deudor principal incumple. Es una garantía personal (se responde con todo el patrimonio presente y futuro), distinta de una garantía real (hipoteca o prenda sobre un bien concreto).
Con el fallecimiento, la obligación del avalista no desaparece: se incorpora al caudal hereditario. Por tanto, si hay impago del prestatario, el banco puede reclamar a la herencia del avalista en las mismas condiciones del aval firmado, respetando límites pactados.
Formas de aceptar la herencia y su impacto
- Aceptación pura y simple: los herederos responden de las deudas del causante (incluido el aval) con todo su patrimonio. Riesgo alto si el préstamo puede impagar.
- Beneficio de inventario: los herederos responden hasta el valor de la herencia, sin afectar su patrimonio personal. Requiere trámites formales y no confundir bienes heredados con propios.
- Repudiación: no se acepta la herencia y, por tanto, no se asume el aval. Puede pasar a herederos siguientes.
Ejemplo: herencia neta de 8.000 €; préstamo del deudor principal de 10.000 € con aval solidario del fallecido. Si el deudor deja de pagar y los herederos aceptaron pura y simple, podrían responder más allá de 8.000 €. Con beneficio de inventario, la responsabilidad se limita a 8.000 €. Con repudiación, no responden.
Antes de decidir, revisa las responsabilidades del avalista y el propio contrato de préstamo.
Tipo de aval y consecuencias al fallecer
El efecto práctico depende de cómo se pactó el aval: solidario, mancomunado, limitado, o si además existe garantía real (hipoteca/prenda).

| Tipo de aval | Cómo puede reclamar el banco | Alcance tras el fallecimiento |
|---|---|---|
| Solidario | Directamente contra el avalista/herencia sin perseguir antes al deudor | Máximo riesgo para la herencia; puede reclamarse el 100% (salvo límites pactados) |
| Mancomunado | En proporción a la parte de cada avalista | La herencia responde por la cuota del causante |
| Limitado | Hasta un tope (cap) de importe, plazo o conceptos | La herencia responde sólo hasta el límite pactado |
| Con garantía real adicional | Puede ejecutarse el bien (hipoteca/prenda) si hay incumplimiento | La carga afecta al bien y a la herencia según el tipo de garantía |
Si estás negociando un aval, considera pactarlo mancomunado en lugar de solidario o, mejor, limitado. Esto reduce el riesgo que se transmite a los herederos.
Si eres el prestatario y fallece tu avalista: qué hacer
- Comunica el fallecimiento a la entidad y solicita una revisión de riesgo. Si mantienes pagos al día, es más fácil negociar.
- Revisa el contrato para confirmar si el banco puede pedir sustitución del aval o añadir garantías tras el fallecimiento. No aceptes cambios sin valorar alternativas.
- Comprueba seguros: puede existir un seguro de protección de pagos o de vida asociado al préstamo/avalista. Si cubre el fallecimiento, podría amortizar parte o todo.
- Propón alternativas si la entidad exige reemplazo:
- Sustitución del avalista (nuevo garante con solvencia) o liberación si tu perfil ha mejorado. Guíate por este paso a paso para cambiar o liberar un avalista.
- Novación de condiciones: reducir importe con amortización parcial, ampliar plazo o ajustar tipo para rebajar el riesgo. Consulta qué puedes cambiar y costes de una novación de préstamo personal.
- Garantías combinadas con límites claros, evitando sobrecostes innecesarios.
- Costes orientativos: la entidad puede cobrar comisión de estudio y/o novación (0 %–1,0 % habitual en personales), notaría si se modifica la garantía y, si hay nuevo avalista, gastos de evaluación de solvencia. Pide todas las cifras por escrito antes de firmar.
Consejo: si puedes, mejora tu ratio de endeudamiento amortizando una parte (por ejemplo, 2.000 € de 10.000 €). Reducir la cuota o el capital puede facilitar una liberación sin aval.
Si eres heredero del avalista: checklist y decisiones
Antes de aceptar la herencia o firmar cualquier documento:
- Reúne documentación: contrato del préstamo avalado, último recibo, deuda pendiente, tipo de aval (solidario, mancomunado, limitado), posibles garantías reales.
- Solicita a la entidad un certificado de deuda y, si hay incidencias, plan de pagos del deudor principal.
- Revisa seguros del fallecido (vida, pagos) que puedan cubrir el saldo.
- Valora la herencia (activos y pasivos) y decide si te conviene aceptar con beneficio de inventario, repudiar o aceptar pura y simple. Evita usar fondos del fallecido antes de decidir (puede interpretarse como aceptación tácita).
- Negocia con el banco: si el aval no era limitado, intenta objetivar un límite a la responsabilidad de la herencia, o que el deudor principal aporte sustitución/garantías alternativas.
Si ya eres avalista y necesitas salir, revisa las vías para liberarte como avalista. En herencias, la clave es decidir a tiempo cómo aceptas (o no) la herencia.
Casos prácticos con números
1) Aval solidario sin límite
Préstamo personal: 10.000 € a 5 años. Deudor paga bien. Fallece el avalista. El banco mantiene condiciones. A los 12 meses, el deudor pierde el empleo y deja de pagar. La entidad puede reclamar al deudor o a la herencia del avalista el impago.

- Si los herederos aceptaron pura y simple y la herencia neta es 6.000 €, el banco puede reclamar más allá de 6.000 € (hasta el saldo vencido conforme al contrato).
- Si aceptaron beneficio de inventario, la responsabilidad se limita a 6.000 €.
- Si repudiaron, no responden; la entidad acudirá al deudor o a otros garantes.
2) Aval limitado a 5.000 €
Mismo préstamo. El contrato fijó un límite de 5.000 € a la responsabilidad del avalista. Tras el fallecimiento, los herederos que aceptan no podrán responder por encima de 5.000 €, independientemente del saldo reclamado.
3) Aval mancomunado al 50 % con otro avalista
Dos avalistas al 50 %. Fallece uno. El banco, ante impago, puede reclamar a la herencia del fallecido sólo su 50 % (salvo que el contrato prevea solidaridad).
Riesgos y trampas habituales
- Firmar un aval solidario sin saberlo: en muchas pólizas, la solidaridad aparece en la letra pequeña. Comprueba si tu aval lo es y valora alternativas (solidario vs mancomunado).
- Ausencia de límite: un aval sin tope puede comprometer la herencia más allá de lo razonable. Intenta limitarlo por importe y plazo.
- Novaciones apresuradas: algunas entidades proponen cambios con costes añadidos (comisión de novación, servicios vinculados). Pide oferta por escrito y compara.
- No revisar seguros: omitir un seguro de vida o de pagos puede costar miles de euros. Solicita certificado y parte en plazo.
Cómo prevenirlo antes de firmar (para deudores y futuros avalistas)
- Pacta aval mancomunado o limitado y deja constancia del tope en la póliza.
- Valora contratar un seguro de protección de pagos/vida con beneficiario el banco hasta el saldo pendiente.
- Evita sobregarantizar: no aportes más garantías de las necesarias.
- Plan B: si tu situación mejora, intenta liberar el aval cuanto antes.
¿Puede el banco exigirte sustituir al avalista fallecido?
Depende del contrato. Algunas pólizas prevén que, si se deteriora la solvencia o desaparece un garante, la entidad puede pedir garantías equivalentes. No puede imponer cambios unilaterales fuera de lo pactado. Si te lo exigen, negocia una novación razonable o aporta información actualizada que justifique la no necesidad de nuevo aval.
Conclusión
El fallecimiento del avalista no extingue el aval. La clave es actuar a tiempo: como prestatario, comunicar y negociar; como heredero, informarte, decidir cómo aceptar la herencia y acotar riesgos. Siempre que sea posible, pacta avales limitados y revisa seguros. Y si el banco propone cambios, pide detalle por escrito y compara costes.
Contenido informativo. No es asesoramiento financiero ni legal. Revisa tus condiciones particulares y, en caso de duda, consulta con un profesional.
