Préstamos

Préstamo con carencia: qué es, los dos tipos que existen y cuánto cuesta de verdad

Un año de carencia sobre un préstamo de 20.000 € cuesta entre 705 y 1.050 € más. No es un motivo para descartarla, pero sí para pedirla sabiendo lo que vale.

La carencia es el periodo inicial de un préstamo en el que no amortizas capital. La cuota baja mucho o desaparece, el alivio es inmediato y la sensación es la de haber conseguido algo gratis.

No lo es. La carencia no perdona nada: aplaza. Y el aplazamiento tiene un precio que se puede calcular con exactitud, así que lo razonable es pedirla sabiendo cuánto vale.

Los dos tipos, y por qué la diferencia importa tanto

Carencia de capital (también llamada parcial). Cada mes pagas los intereses del capital pendiente y no amortizas nada. La deuda no crece: simplemente deja de bajar. Es la modalidad habitual en banca.

Carencia total. No pagas nada durante el periodo. Los intereses que se van generando se suman al capital, así que la deuda crece mes a mes y, terminada la carencia, empiezas a amortizar sobre una cifra mayor de la que pediste. Pagas intereses sobre intereses.

La diferencia parece técnica y en la factura final no lo es, como se ve en cuanto se ponen números.

Cuánto cuesta, con números

Préstamo de 20.000 € a 60 meses al 8 % TIN. Los tres escenarios, con un año de carencia:

Cuota durante la carencia Cuota después Total pagado Intereses Sobrecoste
Sin carencia 405,53 € 24.332 € 4.332 €
Carencia de capital (12 m) 133,33 € 488,26 € 25.036 € 5.036 € +705 €
Carencia total (12 m) 0 € 528,78 € 25.382 € 5.382 € +1.050 €

Tres lecturas que conviene no perderse:

  1. El respiro es real. Pasar de 406 € a 133 € —o a cero— durante un año es mucho dinero disponible en el momento en que hace falta.
  2. La cuota posterior sube, no vuelve al punto de partida. De 406 € a 488 € o a 529 €. Es el error de expectativa más común: la gente presupuesta la carencia y no el después.
  3. La carencia total cuesta un 50 % más que la de capital, porque capitaliza los intereses. Si te dan a elegir y puedes pagar los intereses, págalos.

Cuándo compensa

La regla es una: la carencia sirve cuando el problema tiene fecha de caducidad conocida.

Compensa si estás entre dos trabajos con la incorporación ya cerrada, de baja con alta prevista, arrancando una actividad que empezará a facturar en unos meses, o has asumido un gasto extraordinario que no se va a repetir. En todos esos casos compras tiempo con un sobrecoste acotado y calculable.

No compensa cuando el desajuste es estructural, es decir, cuando tus ingresos no dan para la cuota original. Al terminar la carencia la cuota será más alta que la que ya no podías pagar, y habrás gastado el margen de maniobra. Ahí la conversación no es una carencia: es reordenar la deuda entera, y las cinco vías con sus costes están en cancelar deudas.

Cómo pedirla sobre un préstamo que ya tienes

Se negocia con la entidad y se formaliza como una novación del contrato. Es más habitual de lo que parece y el banco suele preferirlo a un impago, así que la posición del deudor que se adelanta al problema es mejor de lo que él mismo cree. Cuatro cosas que pedir:

  1. La simulación del nuevo cuadro antes de firmar nada: cuota durante la carencia, cuota después y coste total comparado con el actual.
  2. Que sea carencia de capital, no total, si puedes asumir los intereses.
  3. La comisión por escrito. Lo normal es entre 0 % y 1 % del capital pendiente; en muchos casos, cero.
  4. Que no se aproveche para ampliar el plazo sin que lo hayas pedido. Es la contrapartida silenciosa: te dan la carencia y te alargan el préstamo dos años.

Las condiciones y los límites de la operación están en novación de un préstamo personal, y la comparación de la carencia con las otras dos formas de bajar la cuota —ampliar plazo y reunificar—, en carencia, ampliar plazo o reunificar.

La carencia en hipoteca

En una hipoteca la mecánica es idéntica pero las cifras se disparan, porque el capital es mayor y el plazo mucho más largo. Una carencia de un año sobre una hipoteca de 150.000 € puede costar varios miles de euros en intereses adicionales, y las carencias de dos o tres años que a veces se ofrecen en momentos de dificultad son operaciones muy caras.

Existe además una vía específica para deudores hipotecarios en dificultad: el Código de Buenas Prácticas, al que están adheridas la mayoría de entidades y que contempla carencias de capital para umbrales de exclusión definidos, sin coste. Antes de negociar una carencia comercial, conviene comprobar si tu caso encaja ahí.

Qué mirar en el contrato

  • Si la carencia es total o de capital. Debe estar escrito, no dicho.
  • Qué pasa con los intereses generados durante la carencia total: si se capitalizan, cuándo y cómo.
  • La cuota exacta posterior, no una horquilla.
  • Si el plazo total se mantiene o se amplía.
  • La comisión de la novación, si la hay.
  • Si hay algún producto vinculado nuevo que se cuela en la renegociación.

Y una comprobación final que no aparece en el contrato: la carencia no borra el préstamo de la CIRBE. Durante esos meses tu capital pendiente no baja —o sube—, así que si tienes previsto pedir otra financiación en ese periodo, tu nivel de endeudamiento declarado seguirá alto. Cómo se lee ese informe está en la guía de la CIRBE.

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